Normativa aplicable
El Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento general de protección de datos) (en adelante RGPD), aplicable a partir de 25 de mayo de 2018, se aplica al tratamiento total o parcialmente automatizado de datos personales, así como al tratamiento no automatizado de datos personales contenidos o destinados a ser incluidos en un registro de actividades de tratamiento.
Este Reglamento ha sido incorporado a nuestro ordenamiento jurídico mediante Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre de Protección de datos Personales y Garantía de los derechos digitales.
En el ámbito del Ministerio del Interior hay un gran porcentaje de tratamientos que a los que no aplica este Reglamento, ya que entran dentro del ámbito de aplicación de la Directiva (UE) 2016/680, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016 relativa a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales por parte de las autoridades competentes para fines de prevención, investigación, detección o enjuiciamiento de infracciones penales o de ejecución de sanciones penales, y a la libre circulación de dichos datos y por la que se deroga la Decisión Marco 2008/977/JAI del Consejo, que habrá de ser objeto de trasposición al ordenamiento jurídico español mediante la correspondiente Ley Orgánica.
Delegado de Protección de Datos de la Dirección General de Tráfico
El RGPD establece la obligación de designar un Delegado de Protección de Datos a toda autoridad u organismo del sector público que lleve a cabo tratamiento de datos personales.
Las funciones del Delegado de Protección de datos son:
- Informar y asesorar al responsable y encargado del tratamiento de datos personales, así como a los empleados que se ocupen del tratamiento de las obligaciones que les incumben en virtud del Reglamento y otras disposiciones de protección de datos.
- Supervisar el cumplimiento de lo dispuesto en la normativa reguladora y de las políticas del responsable y de encargado del tratamiento de datos, en materia de protección de datos.
- Ofrecer asesoramiento que se le solicite acerca de la evaluación de impacto relativa a la protección de datos personales.
- Cooperar con la Agencia Española de Protección de Datos y actuar como punto de contacto con ella.
- Intervenir en caso de que los interesados presenten ante él la reclamación potestativa previa al recurso ante la AEPD.
- Atender las cuestiones de los interesados en lo que respecta al tratamiento de sus datos personales y al ejercicio de sus derechos al amparo del Reglamento General de Protección de Datos.
Los datos de contacto del Delegado de Protección de Datos de la Dirección General de Tráfico, es: